SABÍAS QUE ? Las Cortes aprueban la Ley de Amnistía (1977)

¿SABÍAS QUE…?

 

1. Aquel mismo día, la reina Isabel, de trece años de edad, transmitió al general Serrano, por real orden, «su deseo de regalar al primer batallón o escuadrón de cada arma […] la nueva bandera».

2. Por aquellos días, España ya celebraba el aniversario del descubrimiento de América, ya que la Gaceta de Madrid (equivalente al actual Boletín Oficial del Estado) publicó una serie de artículos (uno por día) sobre este acontecimiento.

 

14 de octubre

 

 Las Cortes aprueban la Ley de Amnistía (1977)

Tras la muerte de Franco (noviembre de 1975), la Transición pensada y prevista por algunos políticos que habían intervenido en los últimos Gobiernos de la dictadura debía pasar, antes incluso que por la democratización de todas las instituciones del país, por la aprobación de una amnistía a determinados presos que sirviera de signo de esa voluntad de apertura. En julio de 1976 se dieron los primeros pasos para «promover la reconciliación de todos los miembros de la nación» a través de la puesta en libertad de aquellos sujetos que hubieran cometido delitos y faltas de intencionalidad política durante la Guerra Civil sin haber puesto en peligro vidas de terceros.

Estos indultos, evidentemente, no fueron suficientes para los principales partidos políticos, cuyos representantes —algunos tan dispares como el socialista Felipe González o el monárquico Joaquín Satrústegui— solicitaron a Adolfo Suárez la ampliación del plazo sujeto de delitos hasta el 15 de diciembre de 1976, fecha en que se celebró el referéndum para la Reforma Política. Las reivindicaciones fueron sometidas a debate parlamentario en julio de 1977 y fue designada una comisión compuesta por los grupos políticos salidos de las elecciones generales de junio con el objetivo de que redactara un texto que satisficiera a las distintas formaciones, excepto a Alianza Popular, contraria a la amnistía en los términos propuestos.

Finalmente, el 14 de octubre, el Parlamento sometió a votación el proyecto de Ley de Amnistía, el cual, tras el voto favorable de 296 diputados, quedó aprobado, en lo principal, de esta forma:

Quedan amnistiados todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis; todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el 15 de diciembre de 1976 y el 15 de junio de 1977, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España; todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas.

Entre los delitos incluidos en la amnistía se encontraban, además del de rebelión, el de objeción de conciencia a la prestación del servido militar por motivos éticos o religiosos, el de denegación de auxilio a la justicia por la negativa a revelar hechos de naturaleza política conocidos en el ejercicio profesional, los actos de expresión de opinión realizados a través de prensa, imprenta o cualquier otro medio de comunicación, los que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta ley, o los cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas.




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