SABÍAS QUE ? Se promulga la Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958)

¿SABÍAS QUE…?

 

1. Lola Flores interpretó cerca de trescientas cincuenta canciones entre grabaciones discográficas y películas.

2. Tras una actuación en un teatro de Nueva York durante su gira americana de 1953, el New York Times publicó: «Lola Flores, una artista española, no canta ni baila, pero no se la pierdan».

 

17 de mayo

 

 Se promulga la Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958)

La sexta de las Leyes Fundamentales del Reino (Fuero del Trabajo de 1938, Ley Constitutiva de las Cortes de 1942, Fuero de los Españoles de 1945, Ley del Referéndum Nacional de 1945, La de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947, Ley de Principios del Movimiento Nacional de 1958, Ley Orgánica del Estado de 1966 y, si también se tiene en cuenta, la Ley para la Reforma Política de 1977) en ser aprobada fue promulgada por el jefe del Estado el 17 de mayo de 1958, en calidad de Caudillo de España y consciente de su «responsabilidad ante Dios y ante la Historia». En el encabezamiento, Francisco Franco recordaba que los principios del Movimiento Nacional eran la «comunión de los españoles en los ideales que dieron vida a la cruzada».

En efecto, el Movimiento Nacional, entendido como el conjunto de mecanismos que el Estado —esto es, el mismo Estado— empleaba para lograr la integración social de todos sus ciudadanos, es decir, intervenir en la vida pública, había desplazado al partido único, la Falange Española Tradicionalista y de las JONS, como buque insignia de dicha cruzada, y a partir de 1943 sería considerado más un movimiento de acción nacional que un partido político.

La Ley de Principios del Movimiento Nacional se compone de doce principios y tres artículos, estos últimos referidos a la observancia de aquellos y a su fijación como base de toda ley posterior. Si bien los primeros principios hacen referencia a España como entidad ideal y a los españoles como los garantes de su unidad y grandeza, los siguientes pueden entenderse mejor como declaraciones de derechos (justicia, trabajo, acceso a cargos públicos, etc.), o de protección por parte del Estado, o una mezcla de ambos, como hace el quinto de ellos, que destaca por su eclecticismo tanto ideológico como jurídico: «La comunidad nacional se funda en el hombre, como portador de valores eternos, y en la familia, como base de la vida social; pero los intereses individuales y colectivos han de estar subordinados siempre al bien común de la Nación, constituida por las generaciones pasadas, presentes y futuras. La Ley ampara por igual el derecho de todos los españoles».

Ahora bien, todos los derechos y obligaciones están circunscritos en los dos primeros principios, que no son otra cosa que una declaración unilateral del propio legislador: I) «España es una unidad de destino en los universal. El servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado y tarea colectiva de todos los españoles», y II) «La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional que inspira su legislación».

Y así, en el artículo primero, se dice cómo el propio Movimiento Nacional implanta en los ciudadanos el ideal de nación: «Los principios contenidos en la presente Promulgación […] son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables».


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